Revocación de la absolución
La Corte de Apelaciones de La Serena ha tomado una decisión crucial al revocar la sentencia que absolvió a dos exfuncionarios de Carabineros, condenándolos a 10 años y un día de prisión por el secuestro calificado de René Daniel Vallejos Parra, un fotógrafo militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Este hecho ocurrió el 4 de octubre de 1973, poco después del golpe de Estado que derrocó al presidente Salvador Allende.
Detalles del fallo
El tribunal, en una decisión dividida, aceptó el recurso de apelación presentado contra la decisión del ministro Sergio Troncoso Espinoza, quien había absolvido a los carabineros de los cargos de secuestro, aunque los condenó por asociación ilícita. La nueva sentencia no solo revoca la absolución, sino que también mantiene las penas por pertenencia a una organización criminal.
Contexto histórico
Los eventos se remontan a los primeros meses de la dictadura cívico-militar. Vallejos Parra fue capturado por un aparato represivo que funcionaba bajo el Servicio de Inteligencia de Carabineros (Sicar). En ese momento, Lillo Morandé era jefe de la sección de radiopatrullas de la Tercera Comisaría de Antofagasta y facilitó el vehículo utilizado para la detención, así como el lugar donde Vallejos fue recluido inicialmente.
El papel de los ex carabineros
Río Contreras, por su parte, era un oficial de inteligencia involucrado en procedimientos clandestinos que incluían interrogatorios y la desaparición de opositores al régimen de Augusto Pinochet. La Corte argumentó que la naturaleza del secuestro es un delito permanente, lo que significa que la responsabilidad por el mismo no se limita a la ejecución inicial, sino que se extiende a quienes aseguraron la continuidad del crimen.
«La Corte considera que el secuestro calificado reprime la privación ilegítima de libertad de una persona específica, mientras que la asociación ilícita se refiere a la pertenencia a una estructura criminal. Ambos delitos protegen bienes jurídicos diferentes y pueden ser sancionados simultáneamente».
Consecuencias de la condena
La sentencia impone a Lillo Morandé y Río Contreras una pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, además de inhabilitaciones para cargos públicos y derechos políticos, así como para ejercer profesiones titulares durante la condena. Este fallo es parte de un esfuerzo más amplio por cerrar los vacíos de impunidad que han existido durante décadas en casos de violaciones a los derechos humanos en Chile.
Un paso hacia la justicia
El caso del fotógrafo René Daniel Vallejos Parra se suma a una serie de decisiones judiciales que han ido avanzando en la búsqueda de justicia para las víctimas de la dictadura. Este fallo refuerza la importancia de la memoria y la justicia en la lucha por los derechos humanos en el país.

