La confusión sobre el control de detención de Karen Rojo
Recientemente, se ha difundido la idea de que, si Karen Rojo Venegas es entregada por el Reino de los Países Bajos, deberá someterse a un control de detención ante un tribunal de garantía al llegar a Chile. Esta afirmación ha sido repetida por comentaristas y medios de comunicación, pero los documentos oficiales del Estado de Chile revelan otra realidad.
Documentos oficiales desmienten la versión popular
La confusión proviene de una interpretación incorrecta de la orden judicial emitida por el Juzgado de Garantía de Antofagasta. La orden de aprehensión del 24 de marzo de 2022 no menciona que Karen Rojo deba ser presentada ante un tribunal para un control de detención. En cambio, ordena que sea detenida «..a efecto de conducirla al Centro Penitenciario más cercano a su detención a cumplir la pena de cinco años y un día».
“Que, esta orden de detención sirve como suficiente orden de ingreso al centro penal más cercano al lugar de su detención.”
Claridad del Estado chileno en el proceso de extradición
El Estado chileno ha sido claro en cuanto a los procedimientos a seguir. Cuando los tribunales neerlandeses solicitaron garantías antes de proceder con la extradición, el Estado de Chile respondió que Karen Rojo no debe cumplir prisión preventiva, ya que ya existe una condena firme. Según el documento oficial, «De ser entregada por los Países Bajos a Chile, la Sra. Karen Rojo no tendrá que cumplir tiempo de prisión preventiva, sino que cumplir el saldo de pena pendiente…»
¿De dónde surge la idea de un control de detención?
La pregunta que surge es, entonces, de dónde proviene esta noción de un control de detención. Hasta ahora, no se ha presentado una resolución judicial que respalde tal afirmación. La condena a la que se enfrenta ya ha sido ejecutoriada y la orden de aprehensión tiene como objetivo claro el cumplimiento de la pena impuesta, no la imposición de una medida cautelar.
Posibilidad de beneficios tras su ingreso al sistema penitenciario
Una vez que Karen Rojo ingrese al sistema penitenciario, su defensa podrá solicitar los beneficios que la legislación chilena permite respecto a la ejecución de la pena, considerando que su detención implica que su pena estaría cumplida en un 80%. Sin embargo, la idea de que debe comparecer a un control de detención carece de respaldo tanto en la orden judicial vigente como en las garantías internacionales proporcionadas por Chile durante el proceso de extradición.
Obligación de cumplimiento de la orden judicial
Los policías tienen el deber de cumplir la orden tal como ha sido despachada, lo que les ordena llevar a Karen Rojo al Centro Penitenciario más cercano. La Constitución Política de la República de Chile establece que “la autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar”.

