Un nuevo capítulo judicial se ha escrito en torno al controvertido proyecto habitacional El Salar, ubicado en Antofagasta. El 2° Juzgado de Letras Civil de la ciudad ha acogido parcialmente una demanda de indemnización presentada por los residentes del conjunto habitacional, estableciendo así la responsabilidad del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de Antofagasta, junto con el constructor Silvio Christian Cuevas Suárez.
La sentencia, dictada el 31 de agosto de 2026 por la jueza suplente Andrea Przybyszewski Jopia, indica que ambos demandados deberán responder solidariamente por los perjuicios sufridos por 77 demandantes, abarcando tanto el daño emergente como el daño moral.
Aún no se ha determinado el monto que deberá recibir cada afectado, ya que la naturaleza y el monto de las indemnizaciones se reservaron para la etapa de cumplimiento del fallo.
El proceso legal se inició en junio de 2023, presentado por miembros del Comité de Allegados “Niños Felices de Antofagasta” y otros beneficiarios del proyecto, quienes buscaban establecer responsabilidades por las graves deficiencias que afectaron al conjunto habitacional.
Problemas en las viviendas
Uno de los aspectos centrales que consideró el tribunal fueron los antecedentes técnicos presentados durante el proceso judicial.
La sentencia subraya que el Serviu tenía la obligación de supervisar y fiscalizar las obras ejecutadas en el marco de los programas habitacionales. En este contexto, se tuvo en especial consideración el Informe de Investigación Especial N°251 de la Contraloría Regional de Antofagasta.
Dicho informe evidenció un “control deficiente” en la revisión y aprobación del proyecto de fundaciones, así como en la inspección técnica de las obras. Se encontraron omisiones y problemas en la entrega oportuna de soluciones para los residentes afectados.
La situación era especialmente crítica debido a las características del terreno. Los estudios geotécnicos habían advertido sobre la presencia de suelos susceptibles a asentamientos por la disolución de sales, recomendando soluciones especiales para las fundaciones.
Según el tribunal, existían antecedentes contradictorios sobre la solución que se debía implementar, lo que evidenció, de acuerdo con el informe de Contraloría, “una falta de control por parte de los profesionales de la comisión evaluadora del SERVIU”.
Calidad de las obras y materiales
En cuanto a Silvio Cuevas Suárez, la resolución judicial analizó varios antecedentes relacionados con la calidad de las obras ejecutadas.
Entre estos se encuentra el Informe Técnico “Lote 1 42 casas”, que reveló que las obras sanitarias se realizaron sin las recepciones correspondientes y que se detectaron numerosas conexiones mal ejecutadas.
Otro hallazgo grave fue que los ensayos del hormigón indicaron que su resistencia a la compresión alcanzaba solo el 60% de lo estipulado en el proyecto, lo que se describió como una situación que ponía en riesgo la estabilidad estructural del conjunto.
A partir de los antecedentes, el tribunal concluyó que Cuevas había actuado de manera irresponsable al emplear materiales de calidad inferior y al presentar retrasos injustificados durante la construcción, hechos que estaban directamente relacionados con las fallas estructurales del conjunto habitacional.
Impacto en las familias
Un aspecto relevante del fallo fue el impacto que la situación causó a las familias afectadas.
La magistrada reconoció la existencia de daño moral debido a la frustración que experimentaron los demandantes al intentar acceder a una vivienda propia, solo para luego enfrentar el deterioro de la estructura y años de incertidumbre respecto a una solución.
La sentencia destacó que estas familias pertenecen al 40% más vulnerable de la población y que, en muchos casos, las viviendas representaban su primer hogar.
Para el tribunal, el deterioro de las casas y la necesidad de abandonarlas, junto con la indefinición sobre una solución, acreditaron la existencia del daño moral, incluso sin pruebas específicas sobre la intensidad del sufrimiento de cada demandante.
Responsabilidad compartida
Finalmente, el tribunal determinó que la falta de servicio atribuible al Serviu y la culpabilidad de Silvio Cuevas coincidieron en causar el mismo daño. Por ello, se aplicó la regla de solidaridad establecida en el Código Civil, determinando que ambos deberán responder conjuntamente ante los afectados.
“Se acoge parcialmente la demanda contra el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta y don Silvio Christian Cuevas Suárez, quienes deberán responder solidariamente por los perjuicios de los 77 demandantes”, señala la parte resolutiva de la sentencia.
La indemnización incluirá tanto daño emergente como daño moral, aunque las cifras exactas se determinarán en una nueva etapa del proceso judicial.
A su vez, el tribunal rechazó extender las indemnizaciones a los grupos familiares de cada demandante y al Comité de Allegados “Niños Felices de Antofagasta”, al no acreditarse un daño específico y distinto en estos últimos.
Rechazo de demanda contra Aguas Antofagasta
En cuanto a Aguas Antofagasta, el tribunal encontró que, aunque se registró una filtración en la red interior del condominio, no existían antecedentes suficientes para vincular los daños estructurales de las viviendas a ese incidente específico.
El fallo concluyó que no se pudo establecer cómo habrían respondido las viviendas ante la filtración si se hubieran construido con materiales adecuados y con una fiscalización correcta durante su ejecución.
Así, el tribunal determinó que no se acreditó la relación causal entre la actuación de Aguas Antofagasta y los daños reclamados, desestimando por consiguiente la demanda contra la sanitaria.
Con esta sentencia, se establecen responsabilidades civiles por uno de los proyectos habitacionales más polémicos en Antofagasta, aunque el monto que recibirán los 77 demandantes deberá resolverse en una etapa posterior del proceso judicial.

