Demanda por cobro de honorarios profesionales
Los abogados Ronald Sanhueza y Marcel Didier von der Hundt han presentado una demanda por cobro de honorarios profesionales contra la Comunidad Indígena Atacameña de Peine. Esto, luego de haber representado legalmente a esta organización en una demanda por daño ambiental contra Minera Escondida, Albemarle y Minera Zaldívar, proceso que culminó con un acuerdo de conciliación aprobado judicialmente y que incluyó más de USD 42 millones en beneficios directos para la comunidad.
Los términos del contrato, según los demandantes
Los abogados afirman que los términos de su trabajo fueron previamente acordados, aprobados en Asamblea y parcialmente cumplidos. Sin embargo, tras el éxito del acuerdo, la Comunidad habría desconocido los términos del contrato y se negó a pagar el monto restante, que asciende a más de USD 4.1 millones.
“El juicio concluyó con un histórico Acuerdo de Conciliación […] por un monto de USD 42.884.015” — señalan en la demanda.
La versión de los abogados: pacto claro, ejecución exitosa
Según los abogados, en junio de 2023, la Comunidad aprobó una propuesta de honorarios que incluía pagos fijos y variables, la cual fue aceptada por el entonces presidente Bernardino Barrera y respaldada en Asamblea. Además, aseguran haber representado a la Comunidad durante más de dos años y medio, liderando las negociaciones y obteniendo un acuerdo que evitó el riesgo de perder el caso en juicio.
“El total de honorarios profesionales asciende a USD 4.149.602,25” — detallan.
La defensa de la Comunidad: propuesta unilateral, sin contrato válido
Por su parte, la Comunidad Atacameña de Peine rechaza la pretensión de los abogados, argumentando que nunca existió un contrato formal firmado que respaldara los «honorarios variables», y que la propuesta fue enviada de forma unilateral y más de un año después de iniciada la relación profesional. Además, argumentan que los abogados omitieron explicar claramente los efectos financieros del acuerdo de conciliación.
“Los demandantes pretenden, de manera unilateral, fijar las supuestas condiciones contractuales relativas a la compensación de sus servicios profesionales” — afirma la defensa.
Cuestionamientos al fondo del reclamo
La defensa también sostiene que los fondos del acuerdo no son de libre disposición, sino que están sujetos a proyectos, auditorías y ejecución a largo plazo. Argumentan que los pagos ya realizados por concepto de honorarios fijos son adecuados y proporcionales al servicio prestado, y que no se incluyeron honorarios legales en el acuerdo conciliatorio.
“No resulta procedente bajo ninguna circunstancia el pago de los honorarios variables demandados” — concluye la contestación.
¿Y ahora qué?
Mientras los abogados exigen el pago íntegro con intereses y costas, la Comunidad ofrece el reconocimiento de los pagos fijos pendientes pero rechaza la cláusula de éxito. La resolución de este conflicto podría sentar un importante precedente sobre la forma en que se formalizan acuerdos entre comunidades indígenas y sus asesores legales en casos de alta complejidad técnica y financiera.